Logo Bolsa de Comercio de Bahía Blanca

Inversiones 13.11.24

La CNV autorizó la operación de criptomonedas a través de Cedears

Imagen de Inversiones 13.11.24

Leer más…

Este cambio no solo facilita la compra en un entorno regulado como, sino que también abre la puerta a nuevos productos de inversión que antes operaban al margen del mercado tradicional. Según explican desde el regulador la iniciativa sigue la tendencia de los mercados internacionales. La regulación de los fondos de inversión extranjeros a través de FCI locales contribuye a aumentar la transparencia del mercado.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) habilitó la operatoria de criptomonedas en el mercado de capitales doméstico, tal como sucede en Wall Street con los Etfs spot de Bitcoin al contado. En una extensa normativa que publicó en el Boletín Oficial se oficializó un cambio significativo en la regulación respecto a los fondos de inversión constituidos en el extranjero y su oferta pública en el mercado local.

El texto oficial estableció también la derogación de ciertas disposiciones anteriores y la implementación de un nuevo régimen que regula la oferta pública de fondos de inversión extranjeros, incluyendo los Exchange Traded Funds (ETFs) en el mercado argentino. La normativa exige que esta oferta se realice exclusivamente a través de Fondos Comunes de Inversión (FCI) registrados en la Comisión Nacional de Valores (CNV).

También introduce excepciones específicas para Cedears representativos de ETFs que repliquen índices de amplia difusión y cumplan con ciertos requisitos de liquidez. Además, se establece un régimen transitorio para brindar seguridad jurídica a los programas de Cedears ya autorizados.

Según señalaron desde el organismo regulador del mercado argentino, la iniciativa sigue la tendencia de los mercados internacionales y “tiene como objetivo incrementar la oferta de alternativas de FCI”. Cabe recordar que hasta el día de hoy, quienes deseaban acceder al mercado cripto debían utilizar los exchanges, pero ahora podrán hacerlo directamente en el mercado de capitales a través de un agente de bolsa o una ALyC (Agente de Liquidación y Compensación). Esta integración tiene el potencial de aportar mayor volumen y profundidad al mercado, al incrementar la liquidez y mejorar la transparencia en las operaciones.

El presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Roberto E. Silva, señaló con satisfacción que, tras seis años de la aprobación de la Ley N°27.740 y su consulta pública mediante la RG N.º 765, es un agrado anunciar nuevas alternativas de inversión contempladas en esa innovadora legislación.

Los puntos clave de la normativa

La normativa permite tres opciones de inversión:

  1. En ETFs que repliquen pasivamente índices ampliamente difundidos sobre renta variable, activos virtuales o materias primas.
  2. En activos internacionales sin el límite del 25%.
  3. En activos locales, ampliando los límites de diversificación.

Las dos últimas opciones estarán dirigidas únicamente a inversores calificados, mientras que las dos primeras solo podrán suscribirse en moneda extranjera depositada en el exterior. Además, se autoriza la creación de Cedears de ETFs que cumplan con los requisitos señalados en la primera opción.

Sucede que al obligar a que la oferta pública de fondos extranjeros se realice a través de FCI locales, se busca garantizar un mayor nivel de supervisión y control sobre estos productos, reduciendo así los riesgos para los inversores.

Por eso, a partir de ahora, la oferta pública de fondos de inversión extranjeros, incluyendo aquellos que respaldan Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR), deberá realizarse a través de Fondos Comunes de Inversión (FCI) constituidos y registrados en Argentina. Esto significa que los inversores argentinos que deseen acceder a estos fondos deberán hacerlo a través de vehículos de inversión locales, sujetos a una regulación más estricta.

La economista Elena Alonso explicó a Ámbito que ahora “se va a poder comprar Cedears de estos ETF y también va a haber fondos de inversión especiales para inversores calificados y las cuotas partes de esos fondos las van a poder suscribir también los no calificados”, los inversores calificados son quienes tienen mayor experiencia o patrimonio en el mercado.

No obstante, se establece una excepción para los Exchange Traded Funds (ETFs) que repliquen de manera pasiva índices con amplia difusión (como el S&P Merval), siempre y cuando estos índices se refieran a renta variable, activos virtuales o materias primas. Estos ETFs podrán ser utilizados como subyacentes de CEDEARs.

Asimismo, el texto oficial contempla un período de transición para aquellos programas de certificados ya autorizados que invierten en fondos de gestión activa. Esto se hace con el objetivo de brindar seguridad jurídica a los emisores y proteger las inversiones realizadas bajo el marco normativo anterior.

Por último, permite que los FCI abiertos destinados exclusivamente a inversores calificados, cuya moneda sea distinta al peso argentino, inviertan en un único ETF pasivo que cumpla con los requisitos establecidos. Sin embargo, se establece que las cuotapartes de este fondo local también puedan ser suscriptas por inversores no calificados, siempre y cuando sean debidamente advertidos sobre los riesgos y restricciones de esta inversión.

Ámbito Financiero